martes, 2 de agosto de 2011

Comunicado oficial de Sepla, 30-Julio-2011. (Tras ver la luz el informe final sobre el accidente del JKK5022)

La nueva CIAIAC pierde otra oportunidad para mejorar la seguridad aérea
Saturday, 30 de July de 2011
Gabinete de Prensa SEPLA

• La comparecencia de la presidenta de la CIAIAC elude la inacción de las autoridades en la supervisión de las operaciones del operador
• La alarma de fallo en la configuración del despegue no alertó a la tripulación de que los flaps estaban replegados
• SEPLA recuerda que un accidente se produce por una concatenación de causas que confluyen en el mismo punto


Madrid, 30 de julio de 2011. La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil ha presentado este viernes su informe final sobre el accidente del vuelo JKK5022 ocurrido el 20 de agosto de 2008. En una comparecencia ante la prensa en la que no se han admitido preguntas, la Presidenta de la Comisión, Rosa María Arnaldo, ha expuesto las principales conclusiones del informe, centrándose, casi exclusivamente, en los errores llevados a cabo por la tripulación del MD82, que no configuraron adecuadamente la aeronave para el despegue. Esta conclusión no aporta ninguna información adicional tras casi tres años de investigación

Arnaldo también ha mencionado, de nuevo sin aportar datos concluyentes, que la alarma de configuración inadecuada para el despegue (TOWS, Take Off Warning System), no funcionó en la carrera del despegue. El TOWS es un elemento fundamental que avisa a los pilotos de la incorrecta configuración del avión. La Comisión no ha conseguido desvelar los motivos de dicho fallo que, de no haberse producido, hubiera evitado con total seguridad el accidente.

En su comparecencia, la Presidenta de la CIAIAC no ha mencionado el papel que las Autoridades aeronáuticas han tenido en este accidente. Sin embargo, en el informe existen varias recomendaciones de seguridad dirigidas a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (organismo dependiente del Ministerio de Fomento) que señalan fallos en la supervisión de las Autoridades aeronáuticas en la vigilancia de las operaciones de Spanair. Tampoco ha hecho mención a casos similares ocurridos en el pasado (Detroit, 1987 y Lanzarote, 2007), en los que no se hizo nada para que se implementasen de manera efectiva las recomendaciones emitidas por los organismos competentes. Llama la atención también que la inacción de las autoridades no haya sido plasmada en las conclusiones del informe.

Concatenación de causas

El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas quiere recordar que un accidente aéreo no se produce nunca por una sola causa, por lo que resulta enormemente simplista achacar a un error humano que éste se produzca. Los accidentes aéreos ocurren cuando diferentes factores confluyen en un mismo punto. En este caso, habría que preguntarse por qué la tripulación no contó con los mecanismos necesarios para apercibirse de un error en la configuración del avión, especialmente cuando se trata de un requisito obligatorio en todos los aviones de transporte aéreo comercial.

Por ello, SEPLA examinará a fondo las más de 300 páginas del informe para dilucidar todas las conclusiones que de él se puedan sacar. Limitar las causas de un accidente al error humano no ayuda al fin último de la propia Comisión de Investigación de Accidentes, que es el de emitir recomendaciones para evitar accidentes en el futuro. El error es un factor intrínseco al género humano, por lo que resulta imprescindible examinar las razones de fondo que produjeron dicho error, para solventarlas en el futuro y mejorar, a medio y largo plazo, la seguridad aérea.

No hay comentarios: